Os copio debajo la pregunta del Tribunal de la función pública y el Supuesto T a T 5f, modificados. El resto de materia no ha sido modificada. Saludos.
Tema 5 de la Primera parte
TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA UNIÓN EUROPEA.- Fue creado el dos de noviembre del 2004 por Decisión del Consejo, asignándole la resolución de los litigios entre la Unión Europea y su personal, hasta entonces desempeñada por el Tribunal General de la UE. Era el único Tribunal especializado existente, integrándolo siete Jueces, nombrados por el Consejo por un periodo de seis años, renovables; éstos nombraban a su Presidente por 3 años renovables. Normalmente actuaba en Salas de 3 Jueces, aunque excepcionalmente podía actuar en Pleno, en Salas de 5 jueces o incluso de Juez único.
. En 2015, debido al aumento del número de litigios, el legislador de la Unión decidió incrementar progresivamente el número de jueces del Tribunal General hasta llegar a 56 y traspasar al Tribunal General las competencias del Tribunal de la Función Pública. El Tribunal de la Función Pública quedó disuelto el 1 de septiembre de 2016, pasando sus competencias al Tribunal General.
En principio, cabría pensar que, dado que el Tribunal de la Función Pública va a ser absorbido por el Tribunal General, habrían de ser sus miembros actuales los que pasaran al Tribunal General. Pero lo cierto es que el Reglamento 2015/2422 señala con claridad que lo que pasa al Tribunal General son los puestos de juez (v. considerando noveno), de modo que no está garantizado que las personas que ocupan actualmente esos puestos vayan a pasar necesariamente a este tribunal.
SUPUESTO TEMA 5f
A medida que la Unión europea se va ampliando con la incorporación de nuevos Estados, es lógico que también se incremente el trabajo en todas sus instituciones; en particular, se vio afectado por este aumento de trabajo el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, por lo que en 1.989 se crea el Tribunal de Primera instancia (ahora Tribunal General) y en el 2004 el Tribunal de la función pública (ya desaparecido) de la Comunidad europea para resolver los litigios entre la Unión Europea y sus agentes.
La estructura y funcionamiento del Tribunal General es similar al del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, con Salas de tres o cinco jueces, con su propio Presidente y Secretario, e incluso a veces puede constituirse en Gran Sala y ser asistido por Abogados Generales. Los procedimientos judiciales constan de dos fases: una escrita y otra oral. En la fase oral, durante la vista, el Tribunal de Justicia podrá interrogar a los peritos y a los testigos, así como a las propias partes. Sin embargo, estas últimas sólo podrán actuar en juicio por medio de sus representantes. Se levantará acta de cada vista; dicha acta será firmada por el Presidente y por el secretario. Las deliberaciones del Tribunal de Justicia serán y permanecerán secretas. Las sentencias serán motivadas. Mencionarán los nombres de los jueces que participaron en las deliberaciones.
RESUELVE DE FORMA CORRECTA LAS SIGUIENTES CUESTIONES, TENIENDO EN CUENTA LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA VIGENTE:
- El Tratado constitutivo de la Unión Europea (modificado por el Tratado de Lisboa), en materia de justicia, ¿cuántas instituciones fundamentales contempla?:
- Tres
- Una
- Dos
- Cuatro
- En el Estatuto del Tribunal de justicia se contemplan dos Tribunales: el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea y el Tribunal General; todos ellos deben ser atendidos por jueces. ¿Cuál es el número de jueces que en la actualidad están dedicados a atender a estos dos Tribunales?:
- 75
- 54
- 27
- 28
- ¿Por quién son nombrados los jueces de los dos Tribunales mencionados en la pregunta anterior?:
- Todos ellos por el Parlamento europeo
- Por el Consejo unos y por los Gobiernos de los respectivos Estados miembros otros
- Por el Parlamento, a propuesta del Consejo y previos informes de los Gobiernos de los respectivos Estados miembros
- Unos por el Consejo y otros por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea
- El Tratado constitutivo de la Unión Europea contempla varios medios de impugnación que pueden utilizarse contra las resoluciones de los Tribunales de justicia europeos, tales como las cuestiones prejudiciales, recurso por incumplimiento, etc. ¿En qué casos contempla que puede interponerse el recurso de apelación?:
- En ninguno
- Contra las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea ante el Tribunal permanente
- Contra las resoluciones y sentencias de los jueces de cualquiera de los Tribunales de justicia europeos
- Solamente puede interponerse ante el Tribunal General contra resoluciones de los Tribunales especializados
- La vista oral concluirá con el dictado de la sentencia, tras las deliberaciones de los jueces asistentes, tras las conclusiones del Abogado general, debiendo ser firmada la sentencia por:
- Todos los Jueces que intervienen en las votaciones
- El Presidente
- El Presidente y el Secretario
- Todos los jueces y abogados generales que intervienen en el procedimiento
TEMA 5f
- b) Solamente existe una institución fundamental en materia de justicia, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea; los otros Tribunales y Salas son órganos de apoyo a este Tribunal
- a) El Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea tiene 28 jueces y el Tribunal General tiene 47 jueces hasta el 1/9/2019 que tendrá 56,por lo que entre los dos actualmente tienen 28+47=75 jueces.
- b) Los jueces del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea y del Tribunal General son nombrados por los Gobiernos de los respectivos Estados miembros.
- d) Contra las resoluciones dictadas por los tribunales especializados podrá interponerse ante el Tribunal General recurso de casación limitado a las cuestiones de Derecho o, cuando el reglamento relativo a la creación del tribunal especializado así lo contemple, recurso de apelación referente también a las cuestiones de hecho.
- C) Artículo 37 del Estatuto del Tribunal de justicia Las sentencias serán firmadas por el Presidente y el secretario. Serán leídas en sesión pública