La Oferta de Empleo Público para el año 2023 ya ha sido publicada. A continuación, se presenta un resumen del Real Decreto 625/2023, aprobado el 11 de julio de 2023, y publicado en el BOE el 12 de julio de 2023.
Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público.
Se aprueba la oferta de empleo público conforme a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, incluyendo plazas para personal laboral y funcionarios de Administración Local.
Artículo 2. Cuantificación de las plazas.
El anexo I detalla las plazas autorizadas para ingreso de nuevo personal en la Administración General del Estado, especificando los cuerpos y escalas correspondientes. En el anexo II, se autorizan las plazas para la Administración de Justicia, mientras que el anexo III abarca plazas para personal docente no universitario. El anexo IV detalla las plazas de la Administración Local, y el anexo VI contempla las plazas para promoción interna en la Administración General del Estado.
Artículo 3. Criterios generales para procesos selectivos.
Las convocatorias deberán ser informadas por la Dirección General de la Función Pública. La fase de oposición no podrá exceder nueve meses y el primer ejercicio debe realizarse dentro de tres meses desde la publicación de la convocatoria en el BOE. Se establece un cronograma orientativo y se garantiza la agilidad del proceso.
Artículo 4. Acceso para personas con discapacidad.
Se reservará un 7% de las plazas para candidatos con discapacidad, divididas en un 2% para discapacidad intelectual y un 5% para otros tipos. Las plazas reservadas pueden convocarse conjuntamente o de forma independiente, y deberán publicarse antes del 31 de diciembre de 2023.
Todos los procesos selectivos deben concluir en un plazo máximo de dos años, ampliable a tres en casos justificados.
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SUPERIOR | 44 | 14+ 1 | 2 | 57 | ||||||||
SANITARIO | 34
25 |
(médicos)
(enfermeros) |
34
25 |
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ESPECIAL | 70 | 45 | 115 | |||||||||
AYUDANTES | 750 | 750 | ||||||||||
Para más información, puedes consultar el REAL DECRETO